COMUNICADO

FRENTE A LOS ULTIMOS ACCIDENTES SUSCITADOS EN LA AV. EVITAMIENTO COMUNICAMOS A LA POBLACION EN GENERAL CON RELACION A LAS COMPETENCIAS, LO SIGUIENTE:
PRIMERO: Que, con fecha 16 de abril del 2018, ha sido publicado, en la pág. 07 un comunicado, signado el N° 003, “EN EL DIARIO SOL DEL CUSCO”, efectuada por la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL CUSCO, donde erróneamente efectúa precisiones, acerca de las Competencias de la Avenida Evitamiento
SEGUNDO: Que, el Convenio aludido en el Comunicado señalado, en numeral.
(1) — Convenio No. 00017-2012-MPC de fecha 20 de Julio 2012, suscrito entre la Municipalidad Provincial del Cusco y el Gobierno Regional Cusco, tenía como objeto en su Clausula Cuarta, lo siguiente. “LA MUNCIPALIDAD conviene en precisar la delegación de facultades al GOBIERNO REGIONAL CUSCO para la formulación, evaluación, declaración de viabilidad y ejecución de Proyectos de inversión pública. “Construcción de la Av. de Evitamiento para la Transitabilidad Vehicular y peatonal en el tramo: Angostura- Petroperú- Agua Buena de la ciudad del Cusco” de competencia municipal exclusiva, de acuerdo a lo establecido por el artículo 45 de la Ley de Bases de la Descentralización y el artículo 76 de las Ley Orgánica de Municipalidades”. Este documento fue rubricado por el Econ. Luis Arturo Florez Garcia (Alcalde de la Municipalidad Provincial del Cusco) y Arq. Jorge Isaac Acurio Tito (Presidente — Gobierno Regional Cusco), su fecha 20 de julio de 2012. Aclaramos que el convenio no delega al PER PLAN COPESCO en ningún momento las competencias de tránsito, vialidad, y transporte urbano. Artículo 81-1.3 Normar, regular, organizar los sistemas de señalización y semáforos y regular el transito urbano de peatones y vehículos.

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